top of page

Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer

Los distintos tipos de agresión que por años han sido víctimas las mujeres, va más allá de lesiones físicas y psicológicas, existe una violencia que no está perpetrada contra una sola mujer, y que no podría ser objeto de denuncia en los juzgado, esta es una -violencia estructural- que implica inequidad en el ámbito político, social, laboral, económico y cultural constituida por un trato desigual, que perpetúa la discriminación, la desigualdad y la violencia.

.

La mujer sufre de manera constante agresiones en todo nivel, dentro del cual se encuentra el empleo de estereotipos que son ideas sociales generalizadas, preconceptos sobre características personales o roles que cumplen o deben ser cumplidos por las mujeres, lo que puede llegar a constituir una acción discriminatoria; es común encontrarse con estereotipos atribuidos a la mujer en su calidad de tal.

.

Se atribuye como características propias de las mujeres: "la intuición”, “la sensibilidad”, “la necesidad de protección", inclusive peyorativamente se hace referencia "al desequilibrio emocional" debido al período mensual; o a ser la “única encargada de las tareas domésticas”; o por su parte como específicas de los hombres "la fuerza", "la racionalidad”, “la independencia”, percepciones equivocadas que generan prejuicios que confluyen en violencia contra la mujer.

.

En cuestión de género, se piensa que las mujeres cumplen un rol reproductivo, deben ser castas y obedientes y al establecer diferencias con el género masculino, son nerviosas o desequilibradas.

.

La violencia puede ser:

.

Física.- golpes,

.

Psicológica.- humillación, insultos,

.

Sexual.- violación dentro del matrimonio,

.

Económica y Patrimonial.- limitación de recursos económicos,

.

Simbólica.- mensajes, valores, símbolos, iconos, signos e imposiciones de género,

.

Política.- impedir el accionar político o ejercicio del cargo,

.

Gíneco-Obstétrica.- no recibir atención médica en clínicas, hospitales y/o centros de salud,

.

¡NO BAJES LA VOZ!

.

.

.

Loja – Ecuador

.

"𝒟𝓊𝓇𝒶 𝓁ℯ𝓍, 𝒮ℯ𝒹 𝓁ℯ𝓍"



2 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD

El Principio de Razonabilidad, fue introducido por Juan “sin tierra” de Inglaterra, en la Carta Magna de 1215, por medio de la cual, se dispuso limitar el poder de juzgamiento, lo que incluía: el resp

Publicar: Blog2 Post
bottom of page